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Información Institucional
A.L.P.A.D. - Asociación Laboral Para Adultos con Discapacidad intelectual - es un Taller Protegido (TPP), constituído jurídicamente como Asociación Civil sin fines de lucro (ONG), inscripta en el Registro Nacional de Entidades de Bien Público Nº 2688, con Personería Jurídica Nº 359612.
Fue creado
en 1983 por un grupo de padres preocupados por dar respuesta al futuro de sus hijos una vez finalizada la etapa de educación formal, dada su imposibilidad de ingreso al sistema laboral competitivo.
Participan de la propuesta jóvenes y adultos con discapacidad mental leve o moderada desde los 20 años. Se les brinda capacitación laboral, actividades ocupacionales y de integración comunitaria. Reciben guía y supervisión de un equipo técnico-profesional, que genera estrategias adaptadas a las necesidades de cada caso en particular.
Ofrece servicios tercerizados de PACKAGING y MAILING para empresas que son realizados por los concurrentes que han logrado su habilitación profesional para desempeñarse con eficacia en este tipo de oficio.
• Objetivos Institucionales
• Condiciones de ingreso y permanencia
Objetivos Institucionales
• Brindar un espacio bajo supervisión profesional, destinado a capacitar y socializar a personas jóvenes y adultas con discapacidad intelectual, para favorecer su inserción socio-laboral.
• Propiciar una capacitación de destrezas fundadas en la secuencia de tareas, educación del gesto laboral y formación polivalente.
• Promover el entrenamiento en trabajos y tareas que reflejen la situación del mercado laboral o exigencias de la comunidad.
• Posibilitar estrategias adaptativas que incrementen la independencia personal.
• Facilitar a través del trabajo, el logro de la madurez social, para adoptar una ajustada interacción con el entorno.
Condiciones de ingreso y permanencia
Podrán aspirar a ingresar, las personas con discapacidad intelectual leve o moderada a partir de los 20 años de edad, en condiciones psicofísicas acordes a las posibilidades de inserción laboral, adecuado nivel de autovalimiento e independencia, y sin conductas auto o heteroagresivas que dificulten la convivencia diaria laboral.
Deberán aprobar un período de prueba dispuesto por el personal profesional que dirige el Taller y deberán responder con todos los requerimientos que realice la Dirección del Taller siempre que estos sean en pos del bienestar del ingresante y/o Institución.
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